La Ley de Aguas
La figura de las comunidades de regantes se encuentra reforzada y promovida por la misma Administración, ya que no sólo reconoce a todas las ya existentes, sino que obliga a los futuros usuarios a constituirse como tales.
El marco jurídico en el que se basan es la Ley de Aguas vigente, de 20 de Junio de 2001 - modificada en 2005 -, donde se establecen los fundamentos de su estructura, competencias y potestades.
La primero Ley de Aguas es de 3 de Agosto de 1866, y fue sustituida por la Ley de 13 de Junio de 1879; que incorpora la figura de las comunidades de regantes al ordenamiento jurídico español.
El 2 de Agosto de 1985 se promulga una nueva ley, en ella se estructura un modelo común para estas comunidades.
El 13 de Diciembre de 1999, se reformó la anterior ley, potenciándose, además de los aspectos medioambientales del uso del agua, el fomento de este tipo de asociaciones, tanto para los usuarios de aguas de procedencia superficial como de procedencia subterránea. Se trata también de hacer partícipes y corresponsables a los usuarios del agua con la Administración Hidráulica, a efectos de gestión, financiación e incluso, planificación.
